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Sistema Interno de Información. Canal Ético

Codigo etico

CEOE se encuentra firmemente comprometida con la cultura del cumplimiento e integridad ética y una política de tolerancia cero frente a acciones u omisiones que pudieran constituir un incumplimiento nuestro Código Ético o infringir el ordenamiento jurídico europeo o nacional.

Sistema Interno de Comunicación. Canal Ético

Con este fin, CEOE cuenta con un Sistema Interno de Información que, conforme a la normativa aplicable, se basa en los siguientes principios generales:

 

  • Derecho al anonimato: El Sistema Interno de Información de CEOE admite la posibilidad de que la información se traslade por escrito y de forma anónima, de forma que se garantiza la confidencialidad de la identidad del informante y de cualquier tercero mencionado en la comunicación. No obstante, CEOE anima a los informantes a que se identifiquen, ya que esto permite una mayor fluidez y rigor en la tramitación de la información.

 

  • Confidencialidad: El Sistema Interno de Información está diseñado, establecido y gestionado de forma segura. Las actuaciones que se desarrollen en la gestión y tramitación de la información serán confidenciales, impidiendo el acceso de personal no autorizado.

 

  • Prohibición de represalias: Se prohíben expresamente los actos constitutivos de represalia, incluidas las amenazas de represalia y las tentativas de represalia contra las personas que presenten una información conforme a lo previsto en la Ley 2/2023, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

 

  • Garantía de los derechos de la persona afectada: La persona a la que se refiera la información recibida tendrá derecho a ser oída en cualquier momento y se respetarán en todo caso la presunción de inocencia y su derecho al honor.

 

  • Respeto de la Protección de Datos de Carácter Personal: Se garantiza el cumplimiento de las disposiciones sobre protección de datos personales de conformidad con lo previsto en Ley 2/2023, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

 

  • Garantía de tratamiento: Las comunicaciones presentadas serán tratadas de forma efectiva por CEOE. El plazo máximo para dar respuesta a las actuaciones de investigación será de tres meses a contar desde la recepción de la comunicación, salvo casos de especial complejidad que requieran una ampliación del plazo, en cuyo caso, este podrá extenderse hasta un máximo de otros tres meses adicionales

 

  • Responsable del Sistema: CEOE cuenta con un Compliance Officer, responsable del sistema interno de información, que actúa según el procedimiento de gestión y respuesta aprobado por CEOE de conformidad con lo establecido en la Ley.

 

  • Canal Ético: Las informaciones que deseen remitirse a través del Canal Ético deberán realizarse por escrito a través del siguiente formulario, a la dirección de correo electrónico canal.etico@ceoe.es o a la dirección postal: C/Diego de León, 50. 28006. Madrid. Att: Compliance Officer.