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Fecha
30 Ene 2019

AELMA alerta de las nefastas consecuencias en el cambio de doctrina del Tribunal Supremo sobre la subrogación en las contratas de servicios de limpieza

Según la decisión del Alto Tribunal, las nuevas compañías adjudicatarias asumirán las posibles deudas que las anteriores empresas hubieran adquirido con Hacienda, la Seguridad Social o los trabajadores

La Asociación de Empresas de Limpieza de la Comunidad de Madrid (AELMA) junto con la Asociación Nacional AFELIN, quiere alertar de los efectos negativos que para clientes y empresas en las que opera la subrogación en sus convenios colectivos (limpieza, seguridad y jardinería principalmente), va a tener el cambio de criterio establecido por el Tribunal Supremo tras la sentencia de 27 de septiembre de 2018. En el ámbito de la actividad de limpieza la situación afecta a 18.000 empresas y 381.000 trabajadores en el conjunto del Estado. 

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El veredicto del Alto Tribunal, ratificado por otros posteriores en el mismo sentido, asume la fundamentación de una Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 10 de julio de 2018 y modifica su criterio sobre la sucesión de contratas. El razonamiento utilizado por estos tribunales establece que la garantía de empleo que se establece en los convenios colectivos para mantener los puestos de trabajo, se rige por la aplicación de la sucesión legal regulada en el Estatuto de los Trabajadores para la transmisión de empresas (artículo 44) y como consecuencia de ello, el nuevo empresario ha de asumir las deudas que la empresa saliente haya contraído con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y los propios trabajadores.

A juicio de Jesús Martín, presidente de AELMA, “este escenario deja en una posición muy compleja no solo a las compañías del sector, que tienen que asumir las deudas adquiridas por otra empresa, sino también para los clientes a los que se les esté prestando el servicio. En estas circunstancias será muy poco probable que nuevas compañías quieran asumir este tipo de contratas por el riesgo económico que conllevan, dando lugar a situaciones muy complicadas y a escenarios en los que no se llegue a prestar el servicio”.

Para minimizar el impacto negativo que esta nueva doctrina pueda tener entre las empresas afectadas y los clientes, AELMA, en colaboración con la patronal estatal del sector, ha establecido un plan de actuación inmediato que pivotará sobre tres ejes:

1. Creación de una red de alerta temprana sobre incumplimientos en materia salarial y del resto de las obligaciones empresariales, a fin de conocer con antelación a una posible contratación de un servicio, la situación que mantiene la empresa prestadora del mismo servicio en dicho momento.

2. Trabajar con los otros sectores afectados por este cambio de doctrina, principalmente empresas de seguridad y jardinería, para proponer una reforma legislativa del actual artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores, de tal manera que ese distinga un régimen de responsabilidades laborales diferente para las actividades desmaterializadas.

3. Asimismo, AELMA ha creado una Comisión de Estudio para valorar la hoja de ruta y establecer los cauces necesarios para incitar a las instituciones judiciales españolas y europeas al revocamiento de la norma.

AELMA, quiere llamar la atención de los clientes sobre la necesidad de concertar los servicios de limpieza con empresas solventes, que permitan establecer una relación de seguridad y confianza en la prestación que reciben.